El Ayuntamiento Anuncia Ayudas para Familias por Natalidad y Adopción en 2024

El Ayuntamiento de El Boalo, Cerceda y Mataelpino ha aprobado las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de ayudas económicas de pago único para la natalidad correspondientes al año 2025. El documento, firmado por el alcalde Sergio Sánchez Yunquera y el secretario Fernando Sanz Frutos el pasado 2 de septiembre de 2025, tiene como objetivo principal fomentar la natalidad y apoyar a las familias que hayan tenido un hijo o hija por nacimiento o adopción durante el año 2024. El consistorio considera a la familia como un eje fundamental de su acción de gobierno y busca ayudar a hacer frente a los gastos iniciales que conlleva el nacimiento o la adopción de un menor.

Una pareja posa con su bebé recién nacido. El padre sostiene al bebé mientras ambos padres miran a la cámara y sonríen.

Requisitos y Procedimiento para la Solicitud

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los progenitores o adoptantes que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener residencia legal en cualquiera de los municipios de El Boalo, Cerceda o Mataelpino.
  • Estar empadronados, de forma ininterrumpida, al menos durante los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Estar al corriente en sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de El Boalo.
  • No estar inmerso en ninguna de las circunstancias que imposibiliten la obtención de subvenciones.


La solicitud deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de El Boalo, Cerceda y Mataelpino, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes. También se puede hacer a través de la sede electrónica las 24 horas del día. El plazo de presentación de solicitudes es de
veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el tablón de edictos y en la página web del Ayuntamiento.

Documentación Necesaria y Otorgamiento de la Ayuda

Para tramitar la solicitud, se deberá presentar la siguiente documentación:

  • El impreso de solicitud debidamente diligenciado (Modelo 1).
  • Documento de identificación del solicitante (DNI o tarjeta equivalente).
  • Fotocopia del libro de familia donde conste inscrito el menor que motiva la subvención o la resolución judicial de adopción.
  • Número de cuenta bancaria para recibir el importe.
  • Una declaración responsable de que se cumplen los requisitos.
  • Una autorización expresa para la consulta de los datos de empadronamiento.


La ayuda, de
500€ por cada hijo nacido o adoptado, se concederá bajo el régimen de concesión directa hasta agotar el crédito disponible. El importe total destinado a esta convocatoria es de diez mil euros (10.000,00€). En caso de que las solicitudes superen la cuantía total, se procederá a un reparto proporcional entre todas las familias. La subvención se realizará en un pago único por transferencia bancaria una vez que la resolución sea firme. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses. La resolución se hará pública en la página web municipal y en el tablón de anuncios.

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