Derecho de acceso a la información pública

Derecho de acceso a la información pública
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7. DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

¿QUÉ ES?

Es el derecho a que una institución pública responda a las solicitudes de acceso a información de carácter público que no esté publicada en el Portal municipal de Transparencia.

Es importante no confundir la información a las que se refiere este derecho con la solicitud de otra información de tipo operativo (por ejemplo, horarios de atención, qué documentación debo presentar para acceder a un servicio…), con la posibilidad de realizar una queja o sugerencia de mejora de un servicio municipal o con la solicitud de información estadística o similar.

Se trata de un servicio gratuito, aunque podrán repercutirse los costes de la expedición de copias impresas y la transposición a formatos diferentes al original.

Este derecho tiene límites, que vienen reflejados en la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (artículos 14 y 15) y la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid (artículos 30 a 50). El principal límite es el respeto a los datos de carácter personal, así como a los intereses de terceras partes (propiedad industrial e intelectual, el secreto profesional,…). También podrán ser denegadas aquellas solicitudes de información que sean manifiestamente repetitivas y que tengan un carácter abusivo no justificado con la finalidad de una mayor transparencia. En cualquier caso, la no provisión de la información deberá ser la excepción y no la regla, debiendo ser proporcionada y adecuada al derecho que se desea proteger.

¿CÓMO PUEDO EJERCER MI DERECHO?

Existen tres vías posibles:

  • TRÁMITE ON LINE, (VÍA RECOMENDADA) a través de una comunicación general en la sede electrónica:

Sede Electrónica – Ayuntamiento El Boalo Cerceda Mataelpino (elboalo-cerceda-mataelpino.org)

Para realizar ciertos trámites a través de la sede electrónica es necesario, o recomendable, disponer de un Certificado Digital. Si quieres solicitar uno, puedes consultar estas guías de ayuda:

Instrucciones para la obtención de un Certificado Digital.

Instrucciones para la descarga e instalación del Certificado Digital.

SEDE / EDIFICIODIRECCIÓNHORARIOTELÉFONO
AYUNTAMIENTO DE EL BOALOPZA DE LA CONSTITUCIÓN, 1 CP 28413 EL BOALODE LUNES A JUEVES DE 09:00 A 14:00 HORAS918559025
EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE CERCEDAPZA MAYOR, 4 CP 28412 CERCEDALUNES Y MIERCOLES DE 09:00 A 14:00 HORAS918420209 (Ext. 2036 y 2037)
EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE MATAELPINOPLAZA DE ESPAÑA, 3 CP 28492 MATAELPINOMARTES Y JUEVES DE 09:00 A 14:00 HORAS918426965 (Ext. 2013)
  • DE FORMA PRESENCIAL en las siguientes oficinas municipales:

Para ello deberá cumplimentar el siguiente formulario INSTANCIA GENERAL, y adjuntar fotocopia por ambas caras del DNI, NIE o pasaporte. En el caso de personas jurídicas, deberá adjuntarse fotocopia del CIF y la documentación acreditativa de la identidad de la persona representante, junto con el documento que acredite su poder de representación.

  • §  POR CORREO POSTAL CERTIFICADO, incorporando el formulario y la misma documentación contemplada en el punto anterior.

El plazo para resolver la solicitud es de 1 mes, ampliable en 1 mes adicional si la información solicitada requiera una elaboración específica.

RECOMENDACIONES PRÁCTICAS PARA EJERCER EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

A continuación, ofrecemos una serie de recomendaciones útiles para facilitar la presentación de las solicitudes de derecho de acceso a la información pública:
1. Antes de realizar tu solicitud, comprueba que la información que deseas solicitar no esté ya publicada en el Portal municipal de Transparencia.
2. En la medida de lo posible, utiliza preferiblemente el canal telemático.
3. Precisa tu pregunta lo más posible. Recuerda que no tienes obligación de justificar o motivar tu solicitud de información, pero puedes hacerlo si consideras que esta información puede ayudarnos a comprender mejor tu solicitud.
4. En el caso de que desees realizar preguntas sobre materias diferentes, es preferible realizar una solicitud diferente por cada materia.

DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

¿QUÉ ES?

Es el derecho a que una institución pública responda a las solicitudes de acceso a información de carácter público que no esté publicada en el Portal municipal de Transparencia.

Es importante no confundir la información a las que se refiere este derecho con la solicitud de otra información de tipo operativo (por ejemplo, horarios de atención, qué documentación debo presentar para acceder a un servicio…), con la posibilidad de realizar una queja o sugerencia de mejora de un servicio municipal o con la solicitud de información estadística o similar.

Se trata de un servicio gratuito, aunque podrán repercutirse los costes de la expedición de copias impresas y la transposición a formatos diferentes al original.

Este derecho tiene límites, que vienen reflejados en la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (artículos 14 y 15) y la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid (artículos 30 a 50). El principal límite es el respeto a los datos de carácter personal, así como a los intereses de terceras partes (propiedad industrial e intelectual, el secreto profesional,…). También podrán ser denegadas aquellas solicitudes de información que sean manifiestamente repetitivas y que tengan un carácter abusivo no justificado con la finalidad de una mayor transparencia. En cualquier caso, la no provisión de la información deberá ser la excepción y no la regla, debiendo ser proporcionada y adecuada al derecho que se desea proteger.

Ayuntamiento de El Boalo, Cerceda y Mataelpino.
Plaza de la Constitución, 1. 28413.
El Boalo. Madrid.
Tlf: 91 855 90 25 / Fax: 91 855 90 38

© 2023 Ayuntamiento de El Boalo, Cerceda y Mataelpino.

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